CUBA:  DOS CONSTITUCIONES ANTAGÓNICAS

Por: Dr. Claudio F. Benedí

 

            En un movimiento y declaraciones, un notable grupo de Dirigentes Pro-democracia en Cuba acaba de hacer unas declaraciones-denuncia patriótica, inteligente y positiva a favor de la Constitución Cubana de 1940, negando la validez y legalidad de la mal llamada “Constitución Castro-Comunista” de 1976, y siguientes en contra de los valores inalienables de la constitucionalidad cubana.

 

            Los demócratas, patriotas cubanos Felix Antonio Bonne Carcasses, René Gómez Manzano, Lic. Elsa Morejón Hernández, esposa del Dr. Oscar Elias Biscet, cuyas declaraciones forman parte también del grupo, así como la Dra. Martha Beatriz Roque Cabello, han sentado un precedente histórico que debe destacarse.  Ellos han destacado que la constitucionalidad de Cuba se basa en los fundamentos en la Constitución de 1940, que fue la más completa constitución de Cuba y de América, de cuya Asamblea Constituyente participaron todos los partidos políticos, todas las instituciones, incluyendo al Partido Comunista, mientras que la Constitución pro-comunista de Cuba fue hecha por el Partido Comunista, un solo partido cuyos miembros fueron designados (no elegidos) por el tirano totalitario comunista y su  cortejo comunista, una vergüenza para Cuba y América.

 

            La Constitución Cubana de 1940 difiere total y absolutamente jurídica, patriótica, ideológica, filosófica y constitucionalmente del engendro sectario comunista de 1976 y 1996 y totalmente excluyentes una de otra, no se pueden simultanear ni estar ambas vigentes en un mismo país, y menos en  la cuna de la constitucionalidad de 1940.

 

            El manifiesto, ya histórico, del Grupo Dirigente de la Democracia en Cuba, al reafirmar la Constitución de 1940 plantea que los derechos humanos son inalienables, que el pueblo de Cuba cree en Dios, que los presos políticos deben ser puestos en libertad, que se respete la Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, y que puedan ser ejercidos libremente.

 

            El Grupo Dirigente de la Democracia denuncia que en Cuba hay una TRANSCULTURACIÓN REGRESIVA Y UNA VIOLACIÓN INSTITUCIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

 

            La Constitución de 1940, cuando esté en pleno y libre ejercicio en Cuba, tiene el Título 19, Artículo 285, para proceder a su modificación.

 

            También cuando este constitucionalmente el gobierno en Cuba en ejercicio, pediremos la eliminación del embargo.

 

            La Coalición Constitucional 1940 se solidariza y respalda a este Grupo de Dirigentes Democráticos de Cuba, y le damos el merecido apoyo que con su patriotismo, heroísmo y proceso constitucional se han ganado.

[Volver]